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viernes, 8 de junio de 2012

La negativa a una transfusión

http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-195725-2012-06-06.html

 

6 de junio de 2012

 

La negativa a una transfusión

 

Una mujer, practicante del culto Testigos de Jehová, falleció al negarse a recibir una transfusión de sangre, según confirmó ayer Alberto Rotman, director del Hospital Garat, de Concordia, en el norte de la provincia de Entre Ríos. La mujer, identificada como Iris Fracalossi, de 35 años, vivía en Villa del Rosario, una localidad rural del nordeste entrerriano de dos mil habitantes, situada casi en el límite con la provincia de Corrientes. La muerte de Fracalossi, que se produjo el pasado 26 de mayo, se dio a conocer ayer en medio de la polémica desatada por el fallo de la Corte Suprema de la Nación, que resolvió el último viernes respetar la decisión de Pablo Albarracini –el joven que pertenece al mismo culto, internado tras ser baleado en un asalto el 5 de mayo pasado– de no recibir una transfusión de sangre debido también a sus creencias religiosas.

 

La mujer fallecida –según trascendió en algunos medios locales– se negó a ser atendida en primera instancia por un médico de Villa del Rosario, quien le había sugerido internarse. Francalossi no siguió la indicación y, a raíz de ello, su situación empeoró, por lo que tuvo que ser trasladada a la ciudad de Concordia.

 

Rotman informó que la joven contrajo “neumonía bilateral” y confirmó que por consejo de un médico de su pueblo, primero “fue trasladada hasta un centro asistencial de Chajarí, donde fue tratada en forma ambulatoria porque no quería internarse”. Debido a la complejidad de la enfermedad, la mujer fue trasladada hasta el Hospital Garat, de Concordia, donde quedó internada por disposición de un especialista en neumonología. Su fallecimiento se produjo el 26 de mayo, pero tomó estado público recién ayer. “Cuando llegó, la mujer traía un acta firmada ante escribano público en la que se negaba terminantemente a una transfusión de sangre por principios religiosos”, explicó el profesional.

 

Asimismo, Rotman relató que la joven “empeoró en 24 horas y tuvo que ser trasladada a terapia intensiva donde, además de comprobarse que estaba anémica, los glóbulos rojos no transportaban la cantidad de oxígeno necesario”.

 

Ante este cuadro, “se decidió ponerle oxígeno puro a presión y se le hizo el tratamiento que necesitaba”. “Sin embargo, cuando se le dijo que era impostergable realizarle una transfusión de sangre, la paciente se negó varias veces, estando aún lúcida”, agregó el director del centro de salud de Concordia.

 

“En menos de 48 horas y cuando estaba en terapia intensiva, la paciente falleció ante nuestra desesperación, porque el acta firmada ante un escribano público nos impidió transfundirla”, reconoció el médico, quien estimó que “medio litro de sangre podría haberle salvado su vida”.

 

Fracalossi era soltera y trabajaba como niñera y empleada doméstica en Villa del Rosario (Departamento de Federación), donde residía y era conocida por todos. “Ella era muy trabajadora y una buena muchacha, pero por sus creencias religiosas se negó a que le hicieran una transfusión de sangre y murió”, expresó Ana, una vecina de la mujer.

 

La muerte se mantuvo en el más estricto silencio por parte de sus familiares, pero los llamados para que Iris concurriera a sus lugares de trabajo hicieron que finalmente la noticia se difundiera en el pequeño pueblo.

 

El caso es similar al que tuvo como protagonista a Pablo Albarracini, el hombre de 38 años que debía ser transfundido por pedido de los médicos de la Clínica Bazterrica luego de dos intervenciones quirúrgicas a las que tuvo que ser sometido, por las heridas de bala que recibió durante un robo. Este pedido de los profesionales fue denegado por Romina Carnevale –esposa de Pablo–, quien presentó un documento por el cual su marido dejó asentada su voluntad de no ser transfundido.

 

Ante esta situación, Jorge Albarracini, padre del joven, se presentó ante la Justicia y logró que el caso llegara a la Corte Suprema. El pasado viernes, el máximo tribunal falló que “no resultaría constitucionalmente justificada una resolución judicial que autorizara a someter a una persona adulta a un tratamiento sanitario en contra de su voluntad, cuando la decisión del individuo hubiera sido dada con pleno discernimiento y no afectara directamente derechos de terceros”.

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