Los Testigos de Jehová argumentan que varios códigos éticos no obligan a los pacientes a aceptar una transfusión de sangre.
Diario la República de Uruguay Martes, 10 de mayo, 2011 - AÑO 12 - Nro.56657
El Código de Ética de la International Society of Blood Transfusion (ISBT/SITS) adoptado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el año 2000, en su artículo 2 establece: "El paciente debería ser informado del conocimiento de los riesgos y beneficios de la transfusión de sangre y/o terapias alternativas y tiene el derecho de aceptar o rehusar el procedimiento. Cualquier directriz anticipada válida debería ser respetada".
Código de Etica del Sindicato Médico del Uruguay
"Todo paciente tiene derecho a ser respetado en su dignidad como paciente y tiene derecho a consentir o rechazar cualquier procedimiento, diagnóstico o terapéutico, que se le proponga".
División Jurídica del Ministerio de Salud Pública
Consultada la División Jurídica del Ministerio de Salud Pública sobre la posición de los Testigos de Jehová, se dijo a LA REPUBLICA que cuando el fiel es menor de edad o una persona con discapacidad, el caso se deriva a la Justicia. En caso de que el paciente sea una persona mayor, la situación se protocoliza con un consentimiento informado.
Raúl Oxandabarat. Suprema Corte de Justicia:
"Cada uno en realidad es dueño de su propio cuerpo y de todo lo que se practica sobre él. Por lo tanto, si alguien se quiere negar a que se le haga una transfusión, lo puede hacer. En el caso de los Testigos de Jehová, la práctica médica no puede incluir transfusiones. En el caso de un menor, este tiene siempre un mayor que lo representa. Puede ser el padre, la madre, el tutor o la persona que esté a su cargo. En ese caso tiene que haber un mayor que preste conformidad o no para determinada prácticas. Por ejemplo, en caso de que haya que operarlo, el que da el consentimiento es la persona mayor a cargo de ese menor. Ahora, si ese mayor es un Testigo de Jehová seguramente dirá que no quiere transfusiones y lo estará haciendo en representación de ese menor o adolescente. Si es así, el centro asistencial o el médico que lo atienda tendrá que respetar esa decisión, incluso a riesgo de vida. Por cuestiones de principio, diría, no es posible, por opinión médica o del centro asistencial, obligar a alguien a recibir la transfusión".
Código de Etica del Sindicato Médico del Uruguay
"Todo paciente tiene derecho a ser respetado en su dignidad como paciente y tiene derecho a consentir o rechazar cualquier procedimiento, diagnóstico o terapéutico, que se le proponga".
División Jurídica del Ministerio de Salud Pública
Consultada la División Jurídica del Ministerio de Salud Pública sobre la posición de los Testigos de Jehová, se dijo a LA REPUBLICA que cuando el fiel es menor de edad o una persona con discapacidad, el caso se deriva a la Justicia. En caso de que el paciente sea una persona mayor, la situación se protocoliza con un consentimiento informado.
Raúl Oxandabarat. Suprema Corte de Justicia:
"Cada uno en realidad es dueño de su propio cuerpo y de todo lo que se practica sobre él. Por lo tanto, si alguien se quiere negar a que se le haga una transfusión, lo puede hacer. En el caso de los Testigos de Jehová, la práctica médica no puede incluir transfusiones. En el caso de un menor, este tiene siempre un mayor que lo representa. Puede ser el padre, la madre, el tutor o la persona que esté a su cargo. En ese caso tiene que haber un mayor que preste conformidad o no para determinada prácticas. Por ejemplo, en caso de que haya que operarlo, el que da el consentimiento es la persona mayor a cargo de ese menor. Ahora, si ese mayor es un Testigo de Jehová seguramente dirá que no quiere transfusiones y lo estará haciendo en representación de ese menor o adolescente. Si es así, el centro asistencial o el médico que lo atienda tendrá que respetar esa decisión, incluso a riesgo de vida. Por cuestiones de principio, diría, no es posible, por opinión médica o del centro asistencial, obligar a alguien a recibir la transfusión".