Ello pese a que los hijos insisten en respetar la decisión tomada por su madre.
El derecho a la vida se privilegió por sobre todas las cosas en la decisión adoptada por la Corte de Apelaciones al momento de acoger un recurso de protección interpuesto por el Hospital Clínico a favor de una paciente Testigo de Jehová, cuya confesión religiosa no acepta las transfusiones de sangre.
La paciente Lidia Bahamonde Mansilla, de 53 años, requería con urgencia ser sometida a una intervención quirúrgica, pero ante la negativa tanto de ella como la de sus hijos de que realice una transfusión de sangre, al Hospital Clínico no le quedó otro camino que recurrir a la justicia.
La paciente Lidia Bahamonde Mansilla, de 53 años, requería con urgencia ser sometida a una intervención quirúrgica, pero ante la negativa tanto de ella como la de sus hijos de que realice una transfusión de sangre, al Hospital Clínico no le quedó otro camino que recurrir a la justicia.
El pasado 16 de septiembre la mujer fue ingresada a pabellón por una cirugía de reconstitución, evolucionando posteriormente con una peritonitis que requirió de múltiples aseos quirúrgicos. Es la razón por la que el 8 de octubre la paciente presentó una hemorragia digestiva severa, evolucionando con compromiso progresivo de su estado general. Durante la tarde del martes pasado debió ser sometida a una intervención quirúrgica de urgencia, manteniéndose en la Uci en estado grave. El equipo médico que la evaluó planteó que se requería una transfusión de sangre de manera urgente por riesgo vital.
La paciente de confesión Testigo de Jehová si bien dio su visto bueno previamente ser sometida a la intervención quirúrgica, no aceptó bajo ninguna circunstancia se le realice la transfusión sanguínea por ir en contra de sus creencias. Esto fue respaldado por sus familiares, quienes insistieron ante los profesionales médicos respetar la determinación de la paciente crítica.
Ante esta situación el departamento legal de Hospital Clínico interpuso en la misma tarde del martes un recurso de protección a favor de la paciente, fundado en que “la negativa referida por parte de la paciente atenta contra su integridad física y eventualmente contra su vida, teniendo por lo mismo un carácter claramente ilegal y arbitrario”, por lo que solicitó mediante dicho recurso legal que se dispongan las medidas necesarias para asegurar la debida protección de la enferma, haciendo el uso de transfusión de sangre o hemoderivados de ser necesario.
Fue así que este miércoles la Corte de Apelaciones falló con suma urgencia la presentación legal, acogiendo el recurso, estableciendo que “el presente recurso no puede ser limitado ni aún con la voluntad de los particulares”, amparando la justicia las decisiones del personal hospitalario para resguardar la vida de la paciente y facultándoles para realizar cualquier tratamiento que se considere necesario para mantener con vida a la paciente en cuestión y así cumplir con los deberes constitucionales que rigen a las entidades del Estado y de forma directa a un recinto hospitalario.
Al cierre de la presente edición la paciente se encontraba en condición de extrema gravedad.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario