Reglas de la Corte a favor de los testigos de Jehová que bloquearon Transfusión de Sangre de la hija
08/13/2014 - 08H56
Dos jueces del Tribunal Supremo han concedido un recurso de sentencia de hábeas corpus que no puede ser considerado homicidio cuando los testigos de Jehová evitan médicos realizar transfusiones de sangre en sus hijos.
El caso en cuestión se produjo en 1993, en São Vicente, en la costa de São Paulo.
Juliana Bonfim da Silva, una niña de 13 años, sufría de leucemia y pasó dos días en el hospital a la espera de una transfusión de sangre.
Sus padres, un soldado de la reserva y un ama de casa, se negaron a autorizar el procedimiento.
En el momento, la Oficina del Fiscal Público sostuvo que los padres habían matado a su hija por regiones religiosos.
Sin embargo, de acuerdo con los votos de los ministros Sebastião Reis y Maria Thereza, los médicos deberían haber llevado a cabo la transfusión independientemente de los deseos de los padres, como manda la ética médica.
El doctor José Augusto Faleiros Diniz, también testigo de Jehová, se quedó por los padres, la concesión de su deseo de que la transfusión no se llevará a cabo.
También fue acusado de asesinato y está en espera de juicio.
En 2010, los tribunales de São Paulo decidió que los padres deben enfrentarse a un juicio por jurado por asesinato. Sin embargo, los dos votos de la Corte Suprema han invertido de manera efectiva esa decisión.
Dos jueces están aún por votar, pero incluso si la votación termina empatado, los acusados se les dará el beneficio de la duda.
En otras palabras, ellos ya han ganado su apelación, de acuerdo con su abogado Alberto Toron.
"Este es un juicio histórico porque reafirma el principio de la libertad religiosa, y la obligación de que los médicos tienen a la vida. Los jueces entendieron que la vida es un bien mayor, independientemente de la cuestión religiosa", dijo Toron.
Según Reinaldo Ayer, coordinador de la ética médica en el Consejo Regional de Medicina del Estado de São Paulo (CREMESP), cuando hay un riesgo inminente para la vida del paciente, el médico debe actuar de acuerdo con el artículo 31 del Código de Ética Médica.
Esto indica que el médico debe respetar los deseos del paciente, a menos que su vida está en peligro.
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